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FUNCIONES DE LA CNNC
Para el cumplimiento de la misión que fue encomendada en el Decreto No. 74-97 y subsiguientes, la CNNC deberá realizar las funciones de:
• Delinear la política general en las negociaciones internacionales comerciales del país;
• Identificar claramente los intereses nacionales de negociación de la República Dominicana con la finalidad de articular la agenda positiva para nuestra participación activa en los procesos de negociación comercial;
• Establecer mecanismos descentralizados a nivel nacional, a través del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil -CCSC-, para recabar las opiniones que sobre las negociaciones comerciales tengan los diversos integrantes de la sociedad civil;
• Garantizar la participación activa y efectiva de la República Dominicana en las negociaciones comerciales en que se vea involucrado el país, sean estas de tipo bilateral, regional, plurilateral o multilateral;
• Buscar el equilibrio de los procesos negociadores;
• Velar porque las entidades competentes del Gobierno Dominicano diseñen y ejecuten las reformas internas necesarias hacia los mayores niveles de liberalización y apertura que se derivan de la puesta en vigor de los resultados de las negociaciones comerciales;
En adición a estas funciones el Decreto No. 74-99 estipula que todas las demás disposiciones en las que se establecen facultades o funciones para el seguimiento de negociaciones comerciales en comisiones o consejos interinstitucionales creados por decretos o resoluciones administrativas, pasarán a formar parte íntegra de esta comisión.
FUNCIONES DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA CNNC
A los fines de coordinar los trabajos de la CNNC, la Secretaría Ejecutiva tiene a cargo las siguientes funciones
• Propiciar la coordinación del equipo negociador dominicano, sobretodo en lo referente a la coordinación horizontal entre los foros (OMC, ALCA, Unión Europea, etc.) y por temas de negociación (Acceso a Mercados, Servicios, e Inversiones, Temas Relacionados al Comercio y Aspectos legales e Institucionales, entre otros), así como la coordinación vertical dentro de cada Grupo de Negociación o Comité Especial;
• Someter a la consideración de los Titulares de la CNNC aquellos asuntos que a su juicio debe deliberar el Pleno del organismo;
• Diseñar la estrategia global de negociación del país;
• Conducir y coordinar las negociaciones multilaterales, regionales o bilaterales que realice el país;
• Conformar las delegaciones oficiales que asistirán a las negociaciones dentro y fuera del país;
• Velar por la coherencia de la estrategia negociadora entre distintos Grupos de Negociación, Comités Especiales y Foros de Negociación.
MISION
La Comisión Nacional de Negociaciones Comerciales (CNNC) fue creada el 10 de Febrero de 1997 mediante decreto número 74-97, con la misión principal de negociar acuerdos comerciales, de la manera más exitosa y beneficiosa posible para la República Dominicana.
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